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ISSN 2952-5004

Ayudas 2026 digitalización empresas Canarias

La Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura ha publicado, a través de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI), ha publicado la convocatoria 2026 de Digiempresas, la línea de apoyo a proyectos de digitalización de empresas para favorecer su productividad y su competitividad.

A continuación se resumen los aspectos más destacados de las ayudas. Para la preparación de propuestas se recomienda la consulta directa de las bases y la convocatoria oficiales, que contienen toda la información y tienen carácter vinculante.

 

Características de las ayudas

La dotación económica de la convocatoria del año 2026 será de 700.000,00 euros.

Las ayudas están sujetas al régimen de mínimis, y el procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva.

La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible.

Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por solicitud son 5.000 y 25.000 euros.

Cada entidad solo podrá presentar una solicitud (que podrá comprender una o varias actuaciones).

La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible, se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre las 9:00 horas del 7 de abril de 2026 y las 14:00 horas del 21 de abril de 2026.

 

Proyectos subvencionables

Serán subvencionables los proyectos de digitalización que comprendan una o varias de las siguientes actuaciones:

  1. Gestión de recursos empresariales (ERP): digitalización y optimización de sistemas de planificación de los recursos empresariales.
  2. Gestión de relaciones con clientes (CRM): digitalización y optimización de las relaciones comerciales con clientes.
  3. Soluciones de Business Intelligence (BI): explotación de datos de la empresa para la mejora del proceso de toma de decisiones.
  4. Ciberseguridad: proporcionar soluciones de seguridad básica y avanzada en las infraestructuras de la entidad solicitante, así como soluciones que permitan la implementación de políticas de protección de datos personales y empresariales, asegurando el cumplimiento de normativas como el RGPD.
  5. Soluciones de Inteligencia Artificial (IA): implantación de soluciones, no englobadas en ninguna de las actuaciones definidas, que mejoren aspectos operativos o productivos de la entidad solicitante.

No se considerarán elegibles las actuaciones que comprendan el desarrollo y diseño de sitios o páginas web y/o aplicaciones móviles, con o sin comercio electrónico, ni la implantación de gestores documentales, plataformas de teleformación, aulas virtuales y/o sistemas de gestión horaria. 

Se recomienda consultar la convocatoria 2026 para conocer en detalle las actividades que no se consideran elegibles.

 

Beneficiarios

Empresas con una antigüedad superior a tres años; con domicilio social y fiscal en las Islas Canarias; con una o más personas en plantilla; con una antigüedad superior a tres años en el desarrollo de una actividad económica encuadrada y en situación de alta en el Censo de la AEAT; y al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

Se establecen requisitos para las empresas o personas autónomas proveedoras de servicios (consultar la base 8).

 

Conceptos financiables

Serán subvencionables los gastos en que incurran las entidades beneficiarias para la realización de los proyectos de digitalización que cumplan los requisitos establecidos en las bases, siempre que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen, paguen y justifiquen en los plazos y con la documentación establecidos.

Serán subvencionables los siguientes gastos:

  1. Gastos de implantación de actuaciones incluidas en los proyectos subvencionables.
  2. Siempre que esté asociado a la prestación de un servicio relacionado con el proyecto subvencionado, alta y contratación de la cuota por uso de servicio en la nube durante un máximo de 18 meses. Tanto el alta como la cuota deberán ser consultables a través de la web del proveedor del servicio.

No se subvencionarán, entre otros gastos, el hardware y los servicios de telecomunicación y conectividad a internet.

El plazo para realizar la actividad y para considerar los gastos subvencionables será la indicada en la solicitud de ayuda, que no podrá ser anterior al 1 de enero del año al que corresponda la convocatoria. El plazo de ejecución máximo será de dieciocho meses.

 

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