Se ha publicado la orden de concesión definitiva de subvenciones de la convocatoria 2020 de ayudas a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento en áreas prioritarias de la RIS3 de Canarias.
38 empresas con residencia fiscal o establecimiento permanente en Canarias y con una o más personas empleadas, recibirán más de 4,3 millones de euros distribuidos en dos anualidades (2020-2021). La intensidad de las ayudas recibidas es de un 70% del gasto elegible, con unos límites mínimo y máximo de la inversión a subvencionar por proyecto de 60.000 euros y 174.990 euros, respectivamente.
La iniciativa pretende apoyar la creación y consolidación de empresas de base tecnológica e intensivas en conocimiento, que aprovechen el conocimiento de excelencia, los resultados de investigación, y las capacidades existentes en los ámbitos de especialización investigadora priorizados en la RIS3 de Canarias para el periodo 2014-2020.
A continuación se resumen los aspectos más destacados de las ayudas. Para la preparación de propuestas se recomienda la consulta directa de las bases y la convocatoria oficiales, que contienen toda la información y tienen carácter vinculante.
Características de las ayudas
Tras la ampliación de crédito de 1,23 millones de euros realizada, la convocatoria 2020 está dotada con un presupuesto de 5.730.000 euros para el periodo 2020-2021.
La subvención por proyecto se situará entre una cuantía mínima de 60.000 euros y una máxima de 174.990 euros.
El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, realizada el día 3 de junio de 2019. Por tanto, finaliza a las 14:00 horas del día 25 de junio de 2019.
Se permite la subvención plurianual, así como el anticipo de una parte de la subvención. Las ayudas están sujetas al régimen de mínimis y cubrirán un máximo del 70% de los gastos elegibles.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva. La tramitación se debe realizar a través de la aplicación informática de gestión de la convocatoria.
Beneficiarios
Los beneficiarios del programa son empresas con residencia fiscal o establecimiento permanente en Canarias y que cuenten con uno o más empleados.
Se entiende como empresa de alta tecnología e intensiva en conocimiento a la que realiza actividades de I+D+i y requiere la generación o un uso intensivo de tecnologías para la creación o mejora de productos, procesos o servicios, derivados de la investigación, el desarrollo y la innovación para su comercialización o transferencia de resultados al mercado.
Se entiende como actividad de I+D+i toda aquella actuación, considerada en sentido amplio, que está relacionada con la realización, preparación, impulso, gestión, internacionalización y apoyo técnico a la I+D+i, incluyendo en particular:
- La ejecución de proyectos de investigación fundamental, industrial o de desarrollo experimental.
- Los estudios de viabilidad.
- Las tareas de diseño necesarias para generar la innovación.
- La realización de proyectos de innovación en productos, procesos y organización.
- La construcción y mejora de infraestructuras de I+D+i, así como el apoyo técnico y soporte a la I+D+i.
- La gestión de la I+D+i, incluyendo actividades de transferencia y valorización del conocimiento.
- La promoción y el fomento de la I+D+i, así como el impulso de la creación y desarrollo de empresas de base tecnológica.
- El desarrollo y preparación de propuestas para la participación en los programas y proyectos internacionales de I+D+i y de la UE.
Proyectos subvencionables
Proyectos en los que se desarrollen o utilicen conocimientos y tecnologías novedosas a nivel sectorial para la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados.
Los proyectos subvencionados deberán estar encuadrados en los objetivos generales y objetivos específicos de las prioridades de la RIS3 de Canarias.
Se subvencionará un máximo de dos proyectos por solicitante.
No serán subvencionables las actuaciones rutinarias de las empresas para la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, o la modificación de procesos productivos o productos existentes que no supongan una innovación sustancial.
Los conceptos financiables son activos fijos nuevos, inversiones inmateriales, y colaboraciones externas (consultar las bases para mayor detalle).
Criterios de valoración
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:
- Creación de puestos de trabajo (25 puntos)
- Mejora de la competitividad (30 puntos)
- Protección y mejora del medioambiente (25 puntos)
- Previsión de internacionalización de la actividad de la empresa (20 puntos)
Recursos de interés:
- Concesión definitiva (12/06/2020).
- Concesión provisional (28/02/2020).
- Incremento del crédito de la convocatoria (BOC 07/02/2020).
- Procedimiento en la sede electrónica de la ACIISI.
- Extracto de la convocatoria (BOC 03/06/2019).
- Información de la convocatoria en la BDNS.
- Orden de 7 de noviembre de 2017, por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento en áreas prioritarias de la RIS3, aprobadas por Orden de 4 de febrero de 2017 (BOC 14/11/2017).
- Orden de 4 de febrero de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento en áreas prioritarias de la RIS3 (BOC 14/02/2017).