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ISSN 2952-5004

El Gobierno mostró su oposición a un texto que, entiende, adolece de vicios formales y materiales que lo hacen gravemente lesivo para los ciudadanos residente en la Comunidad Autónoma de Canarias, además de tener incidencia negativa en materia de competencia compartida entre el estado y Canarias.

El Consejo de Gobierno de Canarias acordó hoy impugnar el Real Decreto 805/2014, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberalización del dividendo digital.

El Gobierno mostró su oposición a un texto que, entiende, adolece de vicios formales y materiales que lo hacen gravemente lesivo para los ciudadanos residente en la Comunidad Autónoma de Canarias, además de tener incidencia negativa en materia de competencia compartida entre el estado y Canarias.

En concreto, varios son los motivos por los que el Gobierno ha decidido impugnar el citado Real Decreto:

- Así, por un lado, el Gobierno de Canarias entiende que el Real Decreto hace un defectuoso cumplimiento del trámite de audiencia del procedimiento de elaboración.
- Al mismo tiempo, considera que se produce una posible colisión de títulos competenciales propios del Estado y de la Comunidad Autónoma en materia de comunicación audiovisual.
- En tercer lugar, el Real Decreto ignora el mandato recogido en la Ley General de Comunicación Audiovisual de 2010, que insta a tener en consideración, en el proceso de cobertura, las especiales circunstancias que concurren en Canarias como región utlraperiférica, "de modo que las coberturas alcanzadas por el servicio público de la televisión digital terrestre sean equivalentes a las de las restantes comunidades autónomas". El Gobierno de Canarias considera no solo que este mandato de cobertura mínima no es observado, "sino que, por la vía de los hechos, endosa tal responsabilidad a las administraciones públicas en general, lo que en la práctica solo se puede entender como las administraciones locales y autonómica".
- Además, el Gobierno de Canarias considera impugnable la omisión de la delimitación de las obligaciones de cobertura en ámbitos inferiores al de la licencia que contiene el Real Decreto. Una situación que "hace materialmente imposible para las administraciones que no otorgan las licencias, pero que se ven compelidas a ello (según la disposición adicional 8ª del texto legal), conocer cuáles son los límites territoriales exigibles a los prestadores del servicio en virtud de sus licencias.
- Igualmente, el Gobierno de Canarias entiende que el Real Decreto hace "inobservancia" de la situación creada por la Decisión de la Comisión Europea en junio de 2013, que determinó que "el Reino de España había otorgado ayudas ilegales, por contravenir el principio de neutralidad tecnológica, habiendo privilegiado a la televisión digital terrestre sobre el satélite u otras alternativas al extender la cobertura mediante programas públicos".

Por otro lado, el Gobierno de Canarias ha tratado sin éxito obtener una respuesta del Ministerio con respecto a las cuestiones planteadas, por lo que ha tomado la decisión de interponer un recurso judicial contencioso-administrativo, con el fin de declarar la invalidez del Real Decreto 805/2014, así como la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración General del Estado si fuera conveniente.

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